lunes, enero 16, 2012

Uruguay y DDHH: Reino del Sofisma y la Falacia - Uruguay et DDHH: Reign of sophisme et le mensonge


CONTRA EL ENGAÑO MEDIÁTICO: A LOS PRINCIPALES PORTALES DE NOTICIAS INTERNACIONALES
(POR FAVOR) INFORMENCÉ.


JOSÉ LUIS VÁZQUEZ
Aporrea.org

Los principales diarios, Radios y canales de TV de Uruguay (y del mundo) han titulado que el Gobierno Progresista de Uruguay está proponiendo terminar con la Impunidad en materia de DDHH, y “anulando” la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado (Impunidad) para los militares que abusaron del Poder del Estado desde 1973 hasta 1985 con la promoción, complicidad, sostenimiento, financiación de los Estados Unidos de America.

  Desde este pequeño espacio diremos que eso es una vulgar y cruel mentira. Existe un pacto entre todos los Partidos Políticos con Representación Parlamentaria, y los Militares, para que Reine la Impunidad en el Uruguay.
Es decir, todos los Poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) además de los Principales Partidos políticos con Representación parlamentaria, son parte de ese pacto de Impunidad que nadie rompe.

Los principales medios y los principales portales han dicho durante los últimos días que se ha terminado la Impunidad en el Uruguay.  Los diputados y Senadores uruguayos (derecha e izquierda) todos, han estado discutiendo (atención) si la persecución, la detención, el secuestro, la tortura y la desaparición forzada de personas son o no son crímenes de lesa humanidad. Sí, así como ustedes están leyendo. Y además…….si son imprescriptibles o no.

Algo que ya fue establecido por las Naciones Unidas en 1970.  Los crímenes de Lesa Humanidad no prescriben nunca. Pero en Uruguay aún se discute eso.

En Uruguay se votó una Ley por encima de los acuerdos firmados en materia internacional que señalan que el Terrorismo de Estado ejercido por los militares uruguayos con apoyo de civiles y de los EEUU, fue una Dictadura que cometió crímenes de lesa humanidad, y perdonó (mediante ley) a los militares.

Hace poco tiempo la Fiscal del ministerio público Mirtha Guianze condenó a los ex represores José “Nino” Gavazzo y Ricardo “Turco” Arab por “desaparición forzada” de 28 militantes de izquierda en 1976.  El Juez Luis Charles en cambio desestimó el pedido de Guianze y los procesó por Homicidio Especialmente agravado y la Suprema Corte de Justicia estuvo de acuerdo, y el Tribunal de Apelaciones, también.

 La diferencia es notoria: la desaparición forzada es imprescriptible; el homicidio especialmente agravado no.

 Es decir: El Juez y la Suprema Corte de Justicia y el Tribunal de Apelaciones han pasado por encima de los acuerdos internacionales que señalan que los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles.

Hace poco tiempo Amnistía Internacional emitió una declaración AFIRMANDO QUE EL PODER JUDICIAL URUGUAY VIOLABA LOS ACUERDOS INTERNACIONALES FIRMADOS POR URUGUAY.

 Lo único que han realizado los Parlamentarios uruguayos en los últimos días es votar una ley que señala que los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles. ALGO QUE YA SABEMOS DESDE 1970, pero no se respeta.

 El Dr. Helios Sarthou, catedrático destacado del Uruguay afirma que con la ley votada “no anulan la Ley de Impunidad, porque no la anulan al decir que esos delitos son de lesa humanidad, no anulan la ley. Entonces, todos los que no han entrado todavía en el juicio, que no han sido procesados, todos esos van a usar esa ley”. 

 Dice el abogado que la nueva ley del Gobierno Progresista “es una consolidación de la ley de impunidad”. (…) “Los que están presos van a tener las consecuencias de esa declaración que no les permite salir. (Pero) los que no están todavía, esos, se van a amparar sosteniendo que no se puede dictar una ley más negativa; lo dice el Código Penal de la (ley) que tenían cuando ellos cometieron los delitos ". (…) "Con la nueva ley quedan presos los que ya lo están y los que están libres seguirán libres" afirma Sarthou.   LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Y EL JUEZ LUIS CHARLES SON CÓMPLICES DEL PODER EJECUTIVO Y DEL PODER LEGISLATIVO   Todos los Poderes (los tres) y los Militares, tienen un pacto de Impunidad.    La Suprema Corte de Justicia consideró homicidios especialmente agravados y no delitos de lesa humanidad a las 28 desapariciones por las que fueron condenados José Nino Gavazzo y Ricardo Turco Arab. Se entiende que esta resolución marcará el rumbo en cuanto a la prescripción de los asesinatos cometidos por la dictadura.

 La resolución se tomó por cuatro votos contra uno. Allí se ratifica lo actuado por el juez Luis Charles y por el Tribunal de Apelaciones de segundo turno, apelado por la fiscal Mirtha Guianze. Charles condenó a Gavazzo y Arab por el “homicidio especialmente agravado” de 28 militantes de izquierda desaparecidos en 1976.

Sin embargo, Guianze solicitó que se los procesara por “desaparición forzada”, un delito permanente y por tanto imprescriptible. 

La tipificación de Charles, confirmada ahora por la Suprema Corte de Justicia, haría que al menos con esta conformación del máximo órgano jurisdiccional se considere homicidio a todas las desapariciones. 
 Entonces, los delitos prescribirían el 1º de noviembre de este año. Los homicidios prescriben a los 20 años de consumados más un tercio al tomar en cuenta la peligrosidad de quienes cometieron los crímenes. 
Esto, según publico el semanario Búsqueda, llevaría la prescripción a 26 años y ocho meses. Ese plazo se vence en noviembre.

La sentencia de la Corte fue redactada por el ministro Jorge Ruibal y apoyada por Jorge Chediak,
Jorge Larrieux y Daniel Gutiérrez. 


Para ellos, la figura pedida por Guianze no se puede aplicar porque el delito de desaparición forzada fue creado el 25 de setiembre de 2006. 
 “Al no existir la norma al momento de ejecutarse los hechos a juzgar, no corresponde la aplicación en forma retroactiva pues ello resultaría en franca vulneración a lo dispuesto en el artículo 15 del Código Penal y a los pilares básicos en que se fundan los principios del Derecho Penal”.
Solo votó de forma discordante Leslie Van Rompaey para quien sí se debe considerar a estas desapariciones como delitos de lesa humanidad y, por ende, permanentes. “Aún cuando esta figura delictiva no estuviere incorporada a la legislación nacional a la época del comienzo de la consumación con la privación injusta de libertad de las víctimas”, dice el voto discordante, “el delito se sigue cometiendo en la actualidad, día a día, hasta la aparición de los cuerpos”.

Van Rompaey considera que la negativa de los represores a brindar información sobre el destino de los restos de los desaparecidos continúa infringiendo un daño a los familiares. “Las víctimas estarán muertas pero igualmente continúan desaparecidas. 
Por lo tanto el delito se sigue cometiendo”, afirma.


(*) SOFISMA O FALACIA

 No trataré en este texto de hacer una exposición sistemática de los distintos tipos de sofismas, tal vez en algún otro momento. En otro lugar hemos discutido sobre si cierta afirmación constituye o no un absurdo lógico y me ha parecido que conviene hacer una aclaración del significado técnico de determinados conceptos toda vez que, por mi parte, no hay posicionamiento ideológico alguno en este caso, aunque sí tengo una opinión al respecto que por ahora me reservo.

El diccionario de la Real Academia establece una distinción entre falacia y sofisma. Define falacia como “Engaño, fraude o mentira con que se intenta dañar a alguien” y “Hábito de emplear falsedades en daño ajeno”; un sofisma es una “Razón o argumento aparente con que se quiere defender o persuadir lo que es falso”. 
Además de este uso común, estos dos términos tienen también un uso técnico, en lógica, falacia y sofisma son términos prácticamente sinónimos con los que se designan los razonamientos aparentes, da igual lo que se pretenda con ellos. 
Puesto que los sofismas o falacias quedan definidos como “razonamientos aparentes”, es imposible entender qué es un sofisma si antes no se sabe qué es un razonamiento.

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