Crímenes
de lesa humanidad y Rajoy-PP
Desde España. Canarias Semanal
Seis meses después, la jueza federal argentina María Servini de Cubría
enviaba un exhorto a España para que le indicaran qué investigaciones se
estaban realizando sobre estos crímenes. A mediados del presente 2012 la
Fiscalía General del Estado español le respondía que "se están llevando a
cabo diversas investigaciones en varios juzgados del país". La magistrada,
sin embargo, no dio crédito a la contestación y acaba de emitir un segundo
exhorto en el que pide que se le informe sobre los ministros y otros
responsables de la represión franquista entre el 17 de julio de 1936 -cuando
comenzó en Melilla la sublevación contra el gobierno de la II República- y el
15 de junio de 1977. Día en que se celebraron las primeras elecciones tras la
muerte del dictador.
LA JUEZA EXIGE
NOMBRES Y DOMICILIOS
La jueza Servini de Cubría exige que se le comuniquen los
"nombres y últimos domicilios conocidos de los miembros de los consejos de
ministros de los gobiernos del Estado español y de los miembros de los mandos
de las Fuerzas Armadas, Guardia Civil, Policía Armada, directores de Seguridad
y dirigentes de La Falange", acompañados del certificado de defunción de
aquellos que hayan fallecido. La resolución judicial ordena, asimismo, que se
le proporcione el listado de empresas privadas, aún activas, que se
beneficiaron del "trabajo esclavo y forzado de presos republicanos".
Demanda, igualmente, información sobre el número e identidad de las personas
desaparecidas, su momento y lugar de desaparición; de cuantas personas fueron
torturadas y asesinadas durante la "persecución política"; y sobre
los niños que fueron robados a sus familias de origen, "con su ulterior
sustitución de identidad". Solicita, además, los "informes sobre las
fosas comunes encontradas y la cantidad de cuerpos recuperados hasta la
fecha".
María Servini de Cubría realiza esta reclamación sobre los
delitos de la dictadura franquista basándose en el principio de Justicia
Universal, figura que reconoce la Constitución de ese país al igual que la
española. La decisión de la jueza ha sido aplaudida por organismos humanitarios
y por las asociaciones de víctimas del franquismo.
LA LEY ESPAÑOLA
“DE PUNTO FINAL” Y LA TRANSICIÓN EN ENTREDICHO
Si las instituciones españolas respondieran a la petición
efectuada desde el país latinoamericano tendrían que aportar información, entre
otros, sobre el ex ministro franquista, fundador y presidente honorífico del PP
Manuel Fraga -muñidor informativo del asesinato de Julián Grimau- o Rodolfo
Martín Villa -responsable político de la muerte de centenares de activistas
demócratas durante la llamada “Transición pacífica a la democracia” y presidente
de Sogecable hasta el año 2010-.
Y éstos deberían responder ante los
tribunales, del mismo modo que los funcionarios de menor rango que continuaron
ejerciendo su labor represiva hasta las postrimerías de la dictadura
franquista. Estos funcionarios -policías torturadores, carceleros o ministros-
se beneficiaron de la Ley de Amnistía aprobada en junio de 1977. Una auténtica
ley de punto final que garantizó su impunidad y cuyo contenido político sólo
puede comprenderse recordando aquel célebre “atado y bien atado” con el que
Franco tranquilizó a sus secuaces y sucesores en los últimos días de su vida.
Pero la Ley de Amnistía que han mantenido en vigor los gobiernos
del PSOE y el PP constituye solamente una de las manifestaciones del llamado
“espíritu de la Transición”. Para que la impunidad de los verdugos del
franquismo pudiera estar plenamente garantizada, y el nuevo Estado monárquico
pergeñado por los artífices del “cambio pactado” fuera viable, era preciso
también imponer la desmemoria y la desmovilización popular. Las claves de esta
operación, posteriormente mitificada y presentada como modélica, han sido
plenamente desveladas por el politólogo y abogado Joan Garcés en su libro
Soberanos e intervenidos:
“Agotado el Dictador -escribe Garcés en la citada obra- se
procedió a reformar las estructuras del Estado de la Dictadura, no a romper con
la obra de ésta. La operación exigía aplicar las recomendaciones de la Comisión
Trilateral para “contener la excesiva voluntad de cambio de los españoles...
Estos fueron presupuestos de la Constitución de 1978 y de la reforma política
que ella inauguraba… La aplicación de los postulados de la Trilateral significó
sustituir la movilización en torno de reivindicaciones de soberanía y
libertades democráticas por la apatía y la indiferencia… que legitimaran la
sucesión del franquismo sin alterar las estructuras socio-económicas que lo
sustentaban excepto en lo que facilitara la circulación del capital
internacional”.
Con una sociedad construida sobre estos corruptos cimientos no
es extraño, pues, que el Estado español haya hecho oídos sordos a la petición
del Comité de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, que en 2008 le
“recomendaba” que derogase la Ley de Amnistía de 1977. En su informe sobre este
particular el Comité de la ONU daba por supuesto el hecho de que se habían
cometido “crímenes contra la humanidad en su jurisdicción nacional”,
denunciando que la amnistía en relación con este tipo de delitos contraviene la
Convención de Derechos Políticos y Civiles de 1966, ratificada por España.
Años después de la Transición, las oligarquías latinoamericanas
tomaron ese “cambio pactado” y la Ley de Amnistía como arquetipo para elaborar
sus propias coartadas legales y eludir su responsabilidad y la de sus sicarios
en las dictaduras militares que asolaron ese subcontinente.
Ahora, no obstante,
el cuestionamiento de la hispánica ley de punto final proviene precisamente de
uno de esos países en los que también se intentó que el asesinato, el secuestro
y la tortura de miles de personas fueran borrados de la memoria colectiva en
aras de una supuesta “reconciliación nacional”.
La misma que en España ha
prolongado hasta nuestros días el triunfo inicuo de los victimarios.